Browsing Headrick - Tomo III by Title
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NOMBRE COMERCIAL
V.tb. Empleador, Nombre comercial Jur. Los nombres comerciales como “La Sirena” no son personas jurídicas y, por consiguiente, no pueden ser condenados en reparación de daños y perjuicios. No. 35, Pr., Jul. 2012, B.J. 1220. -
NON BIS IN IDEM
Jur. Para que tenga vigencia el principio constitucional de que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho, es necesario que se trate del mismo hecho y del mismo motivo de persecución. Un mismo hecho puede ser ... -
NOTARIOS
V.tb. Legalización de firmas Jur. Extravío de documento Una ‘‘Certificación de un Acto de Venta’’, expedida por la notario indicando que se habían extraviado los originales y que no tenía protocolo, carece de las garantías ... -
NOTIFICACIÓN
Jur. El hecho de que el avenir le sea notificado al abogado de una de las partes en manos de una persona que había fallecido, implica que el documento no llegó a sus manos, por lo que la declaratoria de defecto por falta ... -
NOTIFICACIÓN DE ESCRITOS
Jur. La recurrida no compareció a las audiencias celebradas ante el Trib. Sup de T. no obstante haber sido notificada, pero depositó un escrito de defensa. Es deber del Tribunal comprobar que este escrito de defensa había ... -
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIAS
Jur. Al abogado En la jurisdicción contenciosa administrativa, es válida y oponible al recurrente la notificación de la sentencia impugnada, efectuada en el estudio jurídico de sus abogados representantes, por lo que hace ... -
NOVACIÓN
V.tb. Pago, Pago parcial Jur. La palabra “acto” del referido art. 1273 no debe tomarse en el sentido de acto instrumental, sino para designar el negocio jurídico intervenido entre las partes. La novación no tiene que ser ... -
NULIDAD DE ACTOS PROCESALES
Jur. Un acto auténtico sólo puede ser atacado mediante el procedimiento de inscripción en falsedad, y no mediante una demanda principal en nulidad. Al haberse seguido erróneamente el procedimiento desde el apoderamiento, ... -
NULIDAD DE FONDO
Jur. Coexisten dos sistemas para valorar las nulidades, uno es en el que las causales de nulidad están preestablecidas en un texto legal, y el otro es el de las llamadas nulidades virtuales o tácitas, en el que no hay una ...