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Título

TESTAMENTOS

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionV. tb. Acto auténtico Captación Jur. Ante la impugnación de un testamento depositado en fotocopia, el tribunal no puede declararlo inexistente por ser fotocopia, sino que debe ordenar que el notario deposite el original del acto que obra en su protocolo. No.1, Pr., Ene. 1998, B.J.1046. Al heredero que pretende hacer anular un testamento bajo el fundamento de que el testador no podía firmar al momento de consentirlo, le corresponde el fardo de esta prueba. Los jueces no deben limitarse a admitir la simple afirmación del impugnante, sobre todo cuando una presunción contraria resulta de las enunciaciones del testamento mismo. No. 44, Ter., May. 1998, B.J. 1050. Para que la venta hecha por el testador entrañe la revocación del legado, es necesario, en primer lugar, que la misma implique una intención revocatoria y que, además, la venta haya sido otorgada por el testador en el uso normal de sus facultadas, lo que supondría la intención revocatoria. No. 07, Ter., Ago. 1999, B.J. 1065. La disposición del art. 975 del C. Civ., que prohibe al legatario estar presente en el momento en que es redactado el testamento que lo beneficia, es absoluta y afecta de nulidad el testamento completo, sobre todo cuando el legatario firma junto a los testigos y el notario, pues ello presupone cierta captación de la voluntad del testador. No. 8, Pr., Feb. 2002, B. J. 1095. Cuando la cosa legada tiene por objeto un inmueble perteneciente a una sociedad en la que el testador era propietario de una parte de las acciones, no tiene aplicación el artículo 2021 del C. Civ., que declara nulo el legado de la cosa ajena, ya que dicha nulidad supone que el disponente no tenía ningún derecho, ni siquiera eventual, sobre la cosa legada. No. 16, Pr., Feb. 2004, B. J. 1119. La prohibición establecida por el art. 975 del C. Civ. respecto a quienes pueden figurar como testigos en un testamento por acto auténtico es absoluta y conlleva la nulidad del acto. No. 15, Pr., Ene. 2011, B. J. 1202.
SourceII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1.
Term(s)TESTAMENTOS
InitialT


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