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Título

TRIBUNAL DE PR. IN. EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE ALZADA

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionJur. No puede el Ju. de Pr. In. avocar el fondo de un asunto decidido por el Ju. de. P., sino que debe declarar la incompetencia del Ju. de P., así como la suya propia para estatuir como tribunal de alzada. No. 3, Pr., Feb. 1998, B.J.1047; No. 37, Pr., Jun. 2009, B. J. 1183. Cuando el tribunal de primera instancia, en funciones de tribunal de alzada, declara la nulidad de la sentencia por incompetencia del Juzgado de Paz para conocer de una demanda en lanzamiento de lugares, debe proceder a instruir el proceso y fallar el asunto como tribunal de primera instancia competente para conocer de la demanda. No. 37, Feb. 2009, B. J. 1179.
SourceII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1.
Term(s)TRIBUNAL DE PR. IN. EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE ALZADA
InitialT


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