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Título

USO DE SUELO

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionV.tb. Planificación Dec. Dec. No. 559-06, que dispone que todo proyecto turístico o de otra índole ubicado en zonas turísticas deberá obtener un Certificado de Uso de Suelo expedido por la Secretaría de Estado de Turismo. G.O. 10394.54 Jur. El Concejo Municipal es el órgano competente para reglamentar el ordenamiento del territorio, de las edificaciones y de uso de suelo, mientras que la Dirección General Planeamiento Urbano tiene a su cargo la expedición de los permisos de Uso de Suelo en cada caso particular. La atribución del primero es normativa, la del segundo es de carácter administrativo y ejecutivo. No. 2, Ter., Dic. 2010, B.J. 1201. La revocación parcial del primer permiso de uso de suelo, reduciendo el espacio reconocido mediante acto anterior, cabe dentro del ejercicio de una facultad propia de la autoridad administrativa de reformar los actos que emanan de ella por razones de conveniencia, oportunidad o mérito, con el límite de no lesionar derechos adquiridos. No. 2, Ter., Dic. 2010, B.J. 1201; No. 3, Ter., Dic. 2010, B.J. 1201.
SourceII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1.
Term(s)USO DE SUELO
InitialU


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