Show simple item record

Título

VOTO DISIDENTE

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionV.tb. Sentencias, Votación Jur. El estado actual de nuestra legislación sólo autoriza el voto disidente en materia penal (Art. 333 del C.Pr.Pen.), en materia inmobiliaria (Art. 14 del Reg. Trib.Sup.T. y Jur.Orig. mod. por Res. No.1737-2007) y en los casos de recursos de inconstitucionalidad por iniciativa jurisprudencial. En las demás materias es imposible la consignación del voto disidente, ya que los jueces en minoría, en principio, están obligados a agregarse a las opiniones de la mayoría (Art. 117 C.Pr.Civ). También está impedido el voto disidente por el deber de los jueces de guardar el secreto de las deliberaciones (Art.41, no.1 Ley no. 374-98). No. 5, Sal. Reu., Feb. 2010, B.J.1191 El voto disidente es una figura extraña a la normativa procesal civil, con el que se viola el secreto de las deliberaciones consagrado por el Art. 117 C.Pr.Civ. Sin embargo, no puede sancionarse esa actuación con la nulidad de la sentencia, lo que además no está previsto en texto legal alguno. No. 8, Pr., Jun.2010, B.J. 1195
SourceII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1.
Term(s)VOTO DISIDENTE
InitialV


Files in this item

Thumbnail

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record