Título
VOTO DISIDENTE
Author(s) | Headrick, William C. | |
Author(s) | Piña Rodríguez, Cruz A. | |
Author(s) | Piña Fernández, Sandra S. | |
Author(s) | Roa Gerónimo, Carmen R. | |
Description | V.tb. Sentencias, Votación Jur. El estado actual de nuestra legislación sólo autoriza el voto disidente en materia penal (Art. 333 del C.Pr.Pen.), en materia inmobiliaria (Art. 14 del Reg. Trib.Sup.T. y Jur.Orig. mod. por Res. No.1737-2007) y en los casos de recursos de inconstitucionalidad por iniciativa jurisprudencial. En las demás materias es imposible la consignación del voto disidente, ya que los jueces en minoría, en principio, están obligados a agregarse a las opiniones de la mayoría (Art. 117 C.Pr.Civ). También está impedido el voto disidente por el deber de los jueces de guardar el secreto de las deliberaciones (Art.41, no.1 Ley no. 374-98). No. 5, Sal. Reu., Feb. 2010, B.J.1191 El voto disidente es una figura extraña a la normativa procesal civil, con el que se viola el secreto de las deliberaciones consagrado por el Art. 117 C.Pr.Civ. Sin embargo, no puede sancionarse esa actuación con la nulidad de la sentencia, lo que además no está previsto en texto legal alguno. No. 8, Pr., Jun.2010, B.J. 1195 | |
Source | II Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1. | |
Term(s) | VOTO DISIDENTE | |
Initial | V |
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Headrick - Tomo II [1205]
II COMPENDIO JURÍDICO DOMINICANO