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Título

DESALOJO DE INQUILINO

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionV. tb. Acción Inmobiliaria Alquileres Arrendamiento Banco Agrícola Casación, Admisibilidad: decisión no recurrible Catastro Competencia en Materia de Tierras, Desalojo Impuesto sobre Viviendas Suntuarias Suspensión de ejecución, De sentencia que ordena el desalojo Leg. Ley No. 17-88, Art. 8, que impide el desalojo cuando el arrendador no ha depositado la garantía del inquilino en el Banco Agrícola. G.O. 9728.15 Ley No. 317 de 1968, art. 55, que impide el desalojo cuando el propietario no ha depositado copia de la declaración del inmueble en el Catastro Nacional, G.O. 9086.6. Sobre su inconstitucionalidad, Ver Constitución, Ley No. 317 sobre Catastro Nacional. Jur. Es competencia del juez de los referimientos una demanda en reposición de inquilino, al ser el desalojo sufrido una medida provisional pendiente a la acción principal en daños y perjuicios contra el desalojado. No. 48, Pr., Mar. 2010, B.J. 1192 No procede el sobreseimiento del procedimiento de desalojo interpuesto conforme a las disposiciones del art. 3 del Dec. 4807 sobre Control de Alquileres de Casas y Desahucios por la existencia de una litis sobre terrenos registrados. No. 39, Pr., Nov. 2010, B. J. 1200.
SourceII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1.
Term(s)DESALOJO DE INQUILINO
InitialD


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