Description | V. tb. Aeronáutica Comisión Aeroportuaria Viajes Res. Res. No. 46-00 que aprueba el Protocolo suscrito en Montreal en fecha 24 de febrero de 1988 para la Represión de Actos de Violencia en los Aeropuertos, G.O. 10053.09. Leg. y Dec. Res. 121-99 que aprueba contrato de concesión aeroportuaria a la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A., G.O. 10033.08, mod. por: Dec. No. 1027-01, G.O. 10106.23 Dec. No. 140-00 que deroga varias disposiciones relativas a los Aeropuertos Internacionales Las Américas y Gregorio Luperón. Dispone la entrega de la administración de varios aeropuertos, en favor del consorcio Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. G.O. 10040.73 Res. 66-01 que aprueba el addendum al contrato de concesión aeroportuaria con la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A., G.O.10081.33 Dec. No. 172-01 que aprueba la Resolución de la Comisión Aeroportuaria, No.6159 del 2000 y modifica el Reglamento No.2658 del 1981. G.O. 10071.147, mod. por: Dec. No. 281-01 Artículo 6, G.O. 10073.207 Dec. No. 204-03 que homologa la Res. 6047 de la Comisión Aeroportuaria, G.O.10203.40 Dec. No. 654-03 que homologa la Res. No.6117 de la Comisión Aeroportuaria relativa al acuerdo entre la Dir. Gral. de Aduanas y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. sobre las tiendas de zona franca, G.O.10255.61, mod. por: Dec. 715-03, G.O.10226.163 Herrera Dec. No. 226-88, que inviste al Aeropuerto de Herrera como aeropuerto internacional. G.O.9734.22 La Romana Dec. No. 350 de 1978, G.O.9485.211 Las Américas Reg. sobre Tasas y Derechos No. 2658 de 1981, G.O-.9560.17 (deroga el Reg. General de Tarifas del Aeropuerto Las Américas No. 3347 de 1969), mod. por: Dec. No. 3193 de 1982, G.O.9576.74 Dec. No. 103 de 1982, G.O.9595.189, mod. por: Dec. No. 1075 de 1983. G.O.9614.29 Ley No. 492 de 1964 (horario de servicio), G.O.8905.3 Ley No. 106 de 1966 (tránsito de vehículos), G.O.8968 Dec. No. 1-91 sobre uso de los ingresos de alquiler para mantenimiento, G.O.9799.6 Punta Cana Dec. No. 533-03 sobre cobro de US$1.00 por pasajero a las empresas de transporte aéreo que operan en esta terminal, G.O.10219.14, mod. por: Dec. No. 928-03, G.O.10232.151 Tarifas Reg. No. 406-88 sobre tasas y derechos aeronáuticos, G.O.9742.39, mod. por: Dec. No. 552-88, G.O.9749.4 Dec. No. 871-00 que establece la tasa aeroportuaria por pasajeros transportados en vuelos regulares y en vuelos no regulares o charters. G.O. 10061.41 Dec. No. 203-03 que autoriza a los operadores a cobrar US$1.25 por cada pasajero transportado en entradas o salidas de vuelos charter, G.O.10203.37 Jur. Los ayuntamientos no tienen facultad de gravar con impuestos el territorio correspondiente a un aeropuerto, en razón de que está bajo la jurisdicción del Gobierno Central, por medio de un organismo autónomo, llamado Comisión Aeroportuaria. No. 37, Seg., Ago. 2011, B.J. 1209. | |