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Título

JUECES, PAPEL ACTIVO DE LOS

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionJur. En materia inmobiliaria Es deber de los jueces del fondo comprobar la duración de una posesión, verificar el carácter de los hechos que la constituyen e investigar si esos hechos son o no susceptibles de hacer adquirir por prescripción. No. 37, Ter., Ago. 1999, B.J. 1065. El papel activo de los jueces de tierra es facultativo y sólo procede en el saneamiento y no en una litis sobre terreno registrado. No. 16, Ter., Mar. 2002, B.J. 1096. En las litis sobre terrenos registrados las partes están obligadas a someter sus pruebas y a cumplir con las reglas de procedimiento, no siendo así en los casos de saneamiento donde los jueces pueden obtener las pruebas u ordenar que les sean administradas. No. 47, Ter., Oct. 2002, B.J. 1103. El hecho de que se trate de una litis sobre terreno registrado no impide que el tribunal ordene cualquier medida que a su juicio resulte conveniente y necesaria para el mejor esclarecimiento de los hechos sometidos a su consideración. No. 37, Ter., Jul. 1999, B.J. 1064; No. 15, Ter., May. 2003, B.J. 1110. Sólo en el saneamiento gozan los jueces del Tribunal de Tierras de un poder activo para requerir la presentación de las pruebas y para procurar las mismas. No. 08, Ter., May. 2006, B.J. 1146 En materia laboral V.tb. Calificación, Cambio de la calificación de la terminación del contrato de trabajo a) Para ordenar o rechazar medidas de instrucción El papel activo del Juez laboral le permite dictar, motu proprio, cualquier medida de instrucción con la cual se pretenda disipar dudas e insuficiencias no cubiertas por las partes. No. 30, Ter., 17 Dic. 1997, B.J. 1045. En materia laboral el juez no puede rechazar el pedimento de prescripción de la acción ante la indeterminación de la fecha del despido, sino que, en uso de su papel activo, debe ordenar medidas de instrucción para precisar esa fecha. No. 8-B, Ter, 12 Dic. 1997, B.J. 1045 (En la página web de la S.C.J. esta sentencia aparece con el No. 48). Frente a la incomparecencia de una parte a la audiencia de fondo, el papel activo del juez laboral no le obliga a ordenar medidas adicionales, si considera suficientes las pruebas aportadas. No. 54, Ter., Mar. 1999, B.J. 1060. b) Para fijar audiencias El impulso procesal de oficio que existe en materia laboral no implica que, sustituyendo a las partes, el juez pueda motorizar el conocimiento de los asuntos, solicitando la fijación de audiencias y haciendo las notificaciones de lugar. No. 2, Pl., Dic. 1999, B. J. 1069; No. 05, Pl., Sept. 2000, B. J. 1078. c) Para suspender el conocimiento del fondo A pesar del papel activo del juez laboral, aun cuando la corte esté enterada del pedimento de suspensión de la ejecución de las sentencias incidentales, no está obligada a ordenar el sobreseimiento del conocimiento del fondo del recurso de apelación, si ninguna de las partes ha concluido en ese sentido. No. 5, Pl., Ene. 2000, B. J. 1070. d) Para variar la calificación de la demanda. La facultad del juez laboral de dar la calificación que corresponde a la terminación del contrato o de imponer condenaciones no solicitadas por el demandante, se circunscribe al Juzgado de Primera Instancia, estando impedida la Corte de tomar decisiones que agravan la situación del apelante, imponiéndole condenaciones mayores que las impuestas en primer grado. No. 21, Ter., Mar. 2001, B.J. 1084. El papel activo del juez laboral le permite conceder a un demandante derechos no reclamados en su demanda introductiva de instancia, pero ello sólo es válido dentro del ámbito de la jurisdicción de primera instancia y no ante el tribunal de alzada. No. 2, Ter., Feb. 2005, B. J. 1131; No. 10, Ter., Ago. 2006, B.J. 1149. El papel activo de los jueces laborales no les da facultad para variar el objeto de una demanda o de un recurso de apelación, so pena de violar el principio de la inmutabilidad del proceso. No. 2, Ter., Feb. 2005, B. J. 1131; No. 8, Ter., Ene. 2006, B. J. 1142. Los jueces del fondo, en virtud de su poder de apreciación, están facultados para determinar cuándo el jus variandi ha sido usado en forma inapropiada, ocasionando un perjuicio al trabajador. No. 9, Cám. Reun., Mar. 2011, B. J. 1204. e) Para gestionar el depósito de documentos La Corte puede de oficio promover el envío de las actas de audiencias celebradas en primera instancia, así como diligenciar el depósito de cualquier documento en poder de una tercera persona (Art. 494 C.Tr.), pero está impedida de basar su fallo en ellos si no permite a las partes pronunciarse sobre los mismos, a pena de violar su derecho de defensa. No. 24, Ter., Jun. 2008, B.J. 1171. El papel activo del juez laboral, cuando actúa en apelación, no lo obliga a solicitar al tribunal de primera instancia los documentos depositados en ese grado. Esta diligencia está a cargo de la parte interesada. No. 16, Ter., Dic. 2008, B.J. 1177.
SourceII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1.
Term(s)JUECES, PAPEL ACTIVO DE LOS
InitialJ


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