Título
JURISPRUDENCIA
Author(s) | Headrick, William C. | |
Author(s) | Piña Rodríguez, Cruz A. | |
Author(s) | Piña Fernández, Sandra S. | |
Author(s) | Roa Gerónimo, Carmen R. | |
Description | V. tb. Sentencias, Uso como precedente Voto disidente Jur. Los jueces no están obligados a adoptar, ni a aplicar los criterios jurisprudenciales que emite la Corte de Casación en los fallos que pronuncia, puesto que los mismos constituyen orientaciones y no disposiciones imperativas para los mismos. El hecho de que un tribunal no aplique un criterio jurisprudencial no constituye una violación que justifique la nulidad de una sentencia. No. 11, Ter., Jul. 2001, B.J. 1088; No. 11, Ter., Ene. 2005, B.J. 1130; No. 28, Ter., May. 2006, B.J. 1146. La jurisprudencia, como otras, ha servido tradicionalmente de fuente de inspiración al legislador, pero ella, obra del juez, debe ajustarse permanentemente a la ley, que prima sobre ella, so pena de convertirse en una jurisprudencia contra legem. No. 2, Pl., Ago. 2008, B. J. 1173 | |
Source | II Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Piña, Cruz Antonio; Piña Fernández, Sandra S; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2012. ISBN: 978-9945-425-29-1. | |
Term(s) | JURISPRUDENCIA | |
Initial | J |
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Headrick - Tomo II [1205]
II COMPENDIO JURÍDICO DOMINICANO