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Título

EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionJur. Cuando la sentencia que se pretende ejecutar es dictada por una Corte de Tr. dividida en salas, es competente para conocer de la demanda de que se trata el Presidente de la Corte de Tr. (Sent. 16 de enero 2012, B. J. 1094), independientemente de si la sentencia apelada es confirmada o revocada. La finalidad de la ley es que el tribunal que dictó la sentencia pueda, a través de su Juez Presidente, conocer en forma sumaria de su ejecución. No. 25, Ter., Jul. 2012, B.J. 1220
SourceIII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2015. ISBN: 978-9945-425-38-3.
Term(s)EJECUCIÓN DE SENTENCIAS
InitialE


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