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Título

OBLIGACIÓN DE SEGURIDAD

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionJur. Es responsable civilmente el hotel, por no haber provisto un servicio de guardavidas que identificara a un joven ahogándose o le prestara primeros auxilios. Está a cargo del hotel la obligación de proveer los medios necesarios para garantizar la seguridad de las personas que acuden a su establecimiento, para el uso y disfrute de sus instalaciones (Art. 2 Ley No. 469 y Art. 1142 C.Civ.) No. 4, Sal. Reu., Dic. 2012, B.J. 1227. La obligación de seguridad se presenta en todos aquellos contratos en que el acreedor queda bajo el control temporal de su deudor, como sucede en los casos de transporte, alojamiento, o distracciones, y por lo tanto tienen aplicación los plazos de las obligaciones contractuales y no de la responsabilidad cuasidelictual. En la especie, una cliente hospedada en un hotel sufrió un accidente en un medio de transporte proporcionado por el mismo, que le ocasionó serias lesiones. Nada se opone a que el perjuicio moral resultante de la inejecución de una obligación de seguridad sea reparado. No. 13, Pr., Mar. 2012, B.J. 1216. El deber contraído por un establecimiento comercial, de poner un parqueo a disposición de sus clientes, entraña una obligación de seguridad de resultado, que se incumple cuando los vehículos dejados en su parqueo son objeto de robo. El establecimiento comercial sólo podrá liberarse de esta responsabilidad si demuestra la existencia de una causa ajena a su voluntad que le haya imposibilitado cumplir su obligación de vigilancia. No. 43, Pr., Sept. 2012, B.J. 1222. La existencia de la obligación de seguridad y vigilancia de los vehículos que el cliente deja en el parqueo del establecimiento comercial, cuyo incumplimiento se presume cuando el vehículo es robado, no está condicionada a que se produzca el desplazamiento de la guarda del vehículo, como sucede cuando se entregan sus llaves al personal del establecimiento. Con la posesión por parte del cliente del “ticket de parqueo” que le fue enregado al accesar en su vehículo al estacionamiento del centro Comercial, queda probado el ingreso del vehículo a las instalaciones del establecimiento. No. 84, Pr., Oct. 2012, B.J. 1223
SourceIII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2015. ISBN: 978-9945-425-38-3.
Term(s)OBLIGACIÓN DE SEGURIDAD
InitialO


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