Título
ADJUDICACIÓN
Author(s) | Headrick, William C. | |
Author(s) | Piña Rodríguez, Cruz A. | |
Author(s) | Piña Fernández, Sandra S. | |
Author(s) | Roa Gerónimo, Carmen R. | |
Description | V.tb. Puja Jur. Plazo para pagar Es nula la sentencia de adjudicación que permite a la entidad adjudicataria, en detrimento del embargado y del persiguiente,realizar el pago 5 años después de la adjudicación. Aunque el persiguiente dé aquiescencia a tal comportamiento, esta aquiescenciano se impone a los tribunales, cuyo deber principal es verificar el cumplimiento irrestricto de la Ley. (Art. 13, C.Pr.Civ.) No. 2, Sal. Reu., Sept. 2012, B.J. 1222. Sentencia recurrible La sentencia de adjudicación no es una verdadera sentencia, pues se limita a hacer constar un cambio de dominio, y no es más que un acta de la subasta y de la adjudicación, no susceptible de las vías de recursos ordinarios ni extraordinarios, sólo impugnable por una acción principal en nulidad. No. 26, Pr., Feb. 2012, B.J.1215; No. 18, Pr., Abr. 2012, B.J. 1217. No se puede recurrir al Juez de los Referimientos contra la sentencia de adjudicación, No. 28, Pr., Abr. 2012, B.J. 1217. | |
Source | III Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2015. ISBN: 978-9945-425-38-3. | |
Term(s) | ADJUDICACIÓN | |
Initial | A |
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Headrick - Tomo III [386]
III COMPENDIO JURÍDICO DOMINICANO