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Título

AMPARO

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionV. tb. Expropiación Jur. Citacación El recurrente en amparo debe citar al agraviante, a falta de lo cual viola su derecho de defensa. También viola este derecho el tribunal que tampoco indica la citación al agraviante en su auto de fijación de audiencia. No. 19, Ter., May. 2012, B.J. 1218. Forma sencilla Cuando se presenta una acción de amparo, las formalidades que pueda establecer cualquier disposición de carácter legal como el art. 5 L.Pr.Cas., que establece rigurosidad para algún trámite judicial, tales formalidades contravienen lo previsto en el integra nuestro bloque de constitucionalidad, y que señala que toda art. 25 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que reclamación de amparo debe tramitarse de forma sencilla y sin rigores procesales. No. 22, Ter., mar. 2012, B.J. 1216. Incumplimiento de contrato por el Estado Constituye un incumplimiento de contrato y no una violación a un derecho fundamental que pueda ser reclamado por lavía del amparo, la decisión del Estado Dominicano de realizar una un contrato de consultoría suscrito previamente con una empresa privada. No. 17, Ter., Mar. 2012, B.J. 1216 Procedencia No procede el amparo contra la decisión del Poder Ejecutivo de poner en retiro a un miembro de las Fuerzas Armadas o la Policía. No. 15, Ter., Ene. 2012, B.J. 1214. Para la procedencia de una acción de amparo, es necesario alegar la violación de uno de los derechos fundamentales consagrados por el art. 72 de la Const. No. 43, Ter., Feb. 2012, B.J. 1215 No procede el amparo contra la cancelación de un miembro de la Policía Nacional. El Presidente de la República puede disponer, con arreglo a la ley, todo lo que concierne a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, conservando su mando supremo. No. 75, Ter., Feb. 2012, B.J. 1215 Recurso El recurso procedente contra una sentencia de amparo de un T.Jur.Orig, luego de haberse constituido el Trib.Const., es el de revisión ante dicho tribunal y no ante la S.C.J. No. 64, Ter., Ago. 2012, B.J. 1221 Violación de propiedad y derechos afines Constituye una vulneración a un derecho fundamental que puede ser reclamado por la vía del amparo, el hechode que la UASD limite el acceso a la Seguridad Social a los mensualmente una contribución a la ARS-UASD, sin transferir losservidores universitarios y, al mismo tiempo, les descuenta fondos a esta entidad. No. 10, Ter., Jun. 2012, B.J. 1219
SourceIII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2015. ISBN: 978-9945-425-38-3.
Term(s)AMPARO
InitialA


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