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Título

COMUNICACIÓN DE DOCUMENTOS

Author(s)Headrick, William C.
Author(s)Piña Rodríguez, Cruz A.
Author(s)Piña Fernández, Sandra S.
Author(s)Roa Gerónimo, Carmen R.
DescriptionV.tb. Depósito de documentos nuevos Jur. No se viola el derecho de defensa cuando los jueces del fondo, en uso de su poder soberano, rechazan un pedimento de prórroga de comunicación de documentos e invitan a las partes a concluir al fondo. No. 26, Pr., Feb. 2012, B.J.1215. En todo proceso, aún en la fase de cierre de debates, si se le permite a una parte depositar cualquier pieza o documento nuevo, en procura de mantener un equilibrio entre las partes en el proceso y garantizar el derecho de defensa, debe concederse la misma oportunidad a la contraparte de conocer dichos documentos. No. 70, Ter., Oct. 2012, B.J. 1223 Al tratarse de documentos conocidos y no controvertidos entre las partes, como el acto de apelación y la copia certificada de la sentencia apelada, su comunicación no es imperativa y cualquiera de ellas puede hacer uso de dichos documentos sin vulnerar la lealtad de los debates ni el derecho de defensa de su contraparte. No. 78, Pr. May. 2012, B.J. 1218 Es facultad de los jueces del fondo negar la medida de prórroga de comunicación de documentos, cuando la parte que la solicita no advierte al tribunal lo que pretende demostrar con dicha medida o cuando los jueces encuentran en el proceso suficientes elementos de juicio que le permiten formar su convicción decisoria en uno u otro sentido. No. 45, Pr., Jul. 2012, B.J. 1220.
SourceIII Compendio Jurídico Dominicano / Headrick, William C; Roa Gerónimo, Carmen Rafaelina. 1ra. Edición. Santo Domingo: Escuela Nacional de la Judicatura, 2015. ISBN: 978-9945-425-38-3.
Term(s)COMUNICACIÓN DE DOCUMENTOS
InitialC


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