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Título

Prevaricación

Author(s)Suprema Corte de Justicia
DescriptionSon reos de prevaricación, y serán castigados con la degradación cívica: los oficiales de policía, los fiscales, jueces o sus suplentes, que provocaren, dieren o firmaren una providencia o mandamiento, con el fin de perseguir personalmente, o poner en estado de acusación, al Presidente y Vicepresidente de la República, a los Secretarios de Estado, a los Senadores, Diputados al Congreso, a los Magistrados y Procurador General de la República, al prelado y las dignidades del cabildo eclesiástico, los agentes diplomáticos de la República, los delegados y comisionados del Gobierno y los gobernadores de las Provincias, sin las autorizaciones prescritas por la Constitución y las leyes del Estado; o que, salvo los casos de flagrante delito o de clamor público, dieren o firmaren sin las mismas autorizaciones, el mandamiento de prisión, o de arresto, contra uno o muchos de los funcionarios especificados en el presente artículo.
SourceArtículo 121 del Código Penal Dominicano.
Term(s)Prevaricación
InitialP


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