Título
Sector
Author(s) | Suprema Corte de Justicia | |
Description | 1. común: son las partes del inmueble, carentes de autonomía funcional, que por su destino, sirven a los sectores propios facilitando su aprovechamiento. Son necesariamente comunes: a) el terreno; b) Los elementos materiales que delimitan la parcela; y c) Los muros u otros objetos que separan sectores privativos, los elementos estructurales de los edificios y todos los conductos e instalaciones de beneficio común. 2. común de uso exclusivo: es aquella parte del inmueble carente de autonomía funcional, que está afectada al uso exclusivo de los titulares de uno o más sectores propios. 3. propio: es el conjunto continuo o discontinuo de las partes de un inmueble, con autonomía funcional y acceso directo o indirecto desde la vía pública, que pueden ser de propiedad exclusiva de una o más personas físicas o morales. | |
Source | Glosario de Términos de la Jurisdicción Inmobiliaria. | |
Term(s) | Sector | |
Initial | S |
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Glosario [517]