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Author(s)Suprema Corte de Justicia
Description1. Toda persona que solicite o reciba los servicios de atención permanente, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de este reglamento. 2. Se refiere a toda persona que acceda al sistema 9-1-1, con el objetivo de reportar situaciones de emergencia. 3. Persona física o jurídica que contrate o utilice los productos o servicios de una entidad de intermediación financiera. 4. de datos, suscriptor o afiliado Toda persona, pública o privada, que realice a su arbitrio el tratamiento de datos, ya sea en archivos, registros o bancos de datos propios o a través de conexión con los mismos. Igualmente, las entidades de intermediación financiera, los agentes económicos, las entidades públicas, y las demás personas físicas o jurídicas que mantengan acuerdos con las Sociedades de Información Crediticia (SIC) para acceder a las informaciones de los consumidores.
Source1. Resolución núm. 1733-2005 que establece el Reglamento para el Funcionamiento de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la Jurisdicción Penal; 2. Artículo 2 Decreto núm. 187-14 que dicta el reglamento de aplicación de la ley núm. 140-13, que establece el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 (sistema 9-1-1). G. O. núm. 10759 del 6 de junio de 2014.
Term(s)Usuario
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