Título
Vicepresidente de la República
Author(s) | Suprema Corte de Justicia | |
Description | La vicepresidencia de la República es un órgano de naturaleza unipersonal cuyo titular es el o la Vicepresidente, quien será colaborador inmediato del o la Presidente de la República en sus funciones como Jefe de Estado y de Gobierno, y ejercerá las funciones que aquel le atribuya de conformidad con la ley. En tal sentido, son atribuciones del o la Vicepresidente: Colaborar con el Presidente de la República en la dirección de la acción del Gobierno; Presidir determinadas reuniones del Consejo de Ministros en representación del o de la Presidente de la República, por instrucciones de éste o ésta; Presidir aquellos órganos colegiados que decida el o la Presidente de la República; Coordinar la ejecución de las políticas, planes, programas y actividades que le atribuya el o la Presidente de la República; Suplir las faltas temporales y absolutas del o de la Presidente de la República, de conformidad con la Constitución; Ejercer las atribuciones legales que le delegue el o la Presidente de la República; Las demás que le señale la ley. | |
Source | Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, núm. 247-12. G. O. núm. 10691 del 14 de agosto de 2012. | |
Term(s) | Vicepresidente de la República | |
Initial | V |
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