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Título

TC/0036/20

Date02/10/2020
DescriptionRelativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Ramón del Carmen, Francisco José (fallecido), representado por Clarel Elena Fabián Acosta y Julio César, todos apellidos Fabián Espinal, contra la Sentencia núm. 346, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015).
SummaryRevisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazos: franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Sentencia de unificación: finalidad y procedencia (TC/0123/18). Sentencia de unificación: divergencia de lenguaje utilizado en las decisiones (TC/0123/18; TC/0195/13; TC/0606/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: principios de oficiosidad y supletoriedad: aplicación. Corte Constitucional de Colombia: adopción de criterio. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (art. 53.3 a, b y c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: especial transcendencia o relevancia constitucional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: derecho de propiedad: tercer adquiriente a título oneroso y de buena fe. Tribunal constitucional: aplicación de las normas en los casos concretos y la apreciación de las cuestiones propias del proceso constituye un ejercicio que entra en la facultad de los jueces, siempre que el mismo no desborde los límites que le imponen la Constitución y la ley. Derecho de propiedad: tiene vocación de permanencia en el tiempo y su titularidad se transmite mediante los procedimientos establecidos en la ley. Derecho de propiedad: elementos (art. 51 Constitución). Tutela judicial efectiva y el debido proceso: garantía de un derecho fundamental. Tutela judicial efectiva y el debido proceso: no se configura una violación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y ordena el envío. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.
Source (URL)https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc003620
FormatImagen
ReferenceExpediente núm. TC-04-2016-0027
Subject(s)Sentencia
Subject(s)Amparo
Subject(s)Revisión Constitucional
JudgementTC/0036/20
CourtTribunal Constitucional


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