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Título

TC/0173/13

Date09/27/2013
DescriptionLa acción directa de inconstitucionalidad incoada por Rosa Herminia Pichardo y compartes, contra las resoluciones números. 000617-2012, de fecha dos (2) de mayo de dos mil doce (2012) y 001032-2012, de fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil doce (2012), emitidas por el abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria del Departamento Norte.
SummaryAcción directa de inconstitucionalidad: está reservada contra actos estatales de carácter normativo y alcance general. Acción directa de inconstitucionalidad: no está reservada para controlar la aplicación en concreto que hagan los jueces de normas infraconstitucionales. Actuación administrativa: efectos particulares y concretos. Tribunal Constitucional: no está facultado para corregir o controlar asuntos administrativos que infrinjan la mera legalidad. Revisión Constitucional de Decisiones Jurisdiccionales: recurso que disponen aquellos que entienden que sus derechos fundamentales han sido vulnerados por una sentencia. Acto administrativo: inadmisible la impugnación de actos particulares y concretos mediante acción directa (TC/0073/12). Inadmisible. Voto particular del Magistrado Díaz Filpo.
Source (URL)https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc017313
FormatImagen
ReferenceExpediente núm. TC-01-2012-0069
Subject(s)Sentencia
Subject(s)Amparo
Subject(s)Revisión Constitucional
JudgementTC/0173/13
CourtTribunal Constitucional


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