Título
TC/0743/17
Date | 11/23/2017 | |
Description | Al recurso de revisión de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Ramón Lorenzo Francisco Flores contra la Sentencia núm. 237/2010, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el primero (1º) de octubre de dos mil diez (2010), y la Resolución núm. 384-2010, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de enero de dos mil once (2011). | |
Summary | Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Sentencia núm. 237/2010. Admisibilidad: previo agotamiento de todos los recursos disponibles dentro de la vía jurisdiccional correspondiente (Art. 53.3.b LOTCP; Art 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: es inadmisible por haber tenido disponibles las vías recursivas ante los tribunales ordinarios (TC/0090/12; TC/0053/13; TC/0105/13; TC/0121/13; TC/0130/13). Vías recursivas: pretende salvaguardar el carácter extraordinario de la revisión constitucional (TC/0121/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Resolución núm. 384-2010. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, después de la proclamación de la Constitución del 2010 (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el plazo para interponer el recurso de revisión constitucional es de treinta (30) días a partir de la notificación de la sentencia (Art. 54. 1 LOTCPC). Revisión Constitucional de decisiones jurisdiccionales: inexigibilidad del requisito de la invocación formal previa (Art. 53.3 [a] LOTCPC; TC/0057/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: inexigibilidad del agotamiento de los recursos disponibles (Art. 53.3 [b] LOTCPC; (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: violación de un derecho fundamental no imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (Art. 53.3 [c] LOTCPC) (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se verifica la existencia de violaciones al debido proceso y la tutela judicial efectiva (Art. 69 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Rechaza. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos y Castellanos Pizano. | |
Source (URL) | https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc074317 | |
Format | Imagen | |
Reference | Expediente núm. TC-04-2016-0054 | |
Subject(s) | Sentencia | |
Subject(s) | Amparo | |
Subject(s) | Revisión Constitucional | |
Judgement | TC/0743/17 | |
Court | Tribunal Constitucional |
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Sentencias Tribunal Constitucional [6685]
Sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.