Título
TC/0325/17
Date | 06/20/2017 | |
Description | Recurso de revisión constitucional en materia de amparo y solicitud de suspensión de sentencia interpuesto por las Licdas. Aura Luz García Martínez e Isabel Santos, procuradoras fiscales del Distrito Judicial de Santiago, contra la Sentencia núm. 128/2014 Bis, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el veintitrés (23) de abril de dos mil catorce (2014). | |
Summary | Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisitos de admisibilidad (Art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo de cinco días a partir de la notificación (Art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0061/13 y TC/0071/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad está sujeta a la especial trascendencia y relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Especial trascendencia y relevancia constitucional: supuestos de configuración (TC/0007/12). Solicitud de devoluciones: son solicitadas por ante el juez de la instrucción correspondiente (TC/0041/12; y TC/0186/14). Devolución: Tan pronto como se pueda prescindir de ellos, los objetos secuestrados que no estén sometidos a decomiso deben ser devueltos por el ministerio público a la persona de cuyo poder se obtuvieron (Art. 190 CPP). Derecho de propiedad: (Art. 51 Constitución). Derecho de propiedad: Ministerio Público: en cargado de custodiar y conservar los bienes incautado como consecuencia de una investigación (Art. 26.3 Ley núm. 133-11). Responsabilidad civil: funcionarios (Art. 148 Constitución). principio de la responsabilidad de los integrantes del Ministerio Público (Art. 20 Ley núm. 133-11). Derecho de propiedad: está reconocido por la constitución (Art. 51 Constitución TC/0010/12). Instituciones públicas: obligación de dar una pronta respuesta justificada sea negativa o positiva (Art. 138 Constitución; TC/0186/13). Derecho de propiedad: Arma de fuego: devolución(TC/0113/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: astreinte (TC/0048/12 y TC/0096/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma parcialmente. Solicitud de suspensión. Desestimada (TC/0040/14; TC/0006/14; TC/0174/13; TC/0121/13; TC/0120/13; TC/0097/13; TC/0092/13; TC/0072/13; TC/0059/13; TC/0051/13 y TC/0011/13). Votos particulares: magistrados Jiménez Martínez y Castellanos Khoury. | |
Source (URL) | https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc032517 | |
Format | Imagen | |
Reference | Expediente núm. TC-05-2015-0028 | |
Subject(s) | Sentencia | |
Subject(s) | Amparo | |
Subject(s) | Revisión Constitucional | |
Judgement | TC/0325/17 | |
Court | Tribunal Constitucional |
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Sentencias Tribunal Constitucional [6685]
Sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.