Título
TC/0276/18
Date | 08/23/2018 | |
Description | Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de habeas data interpuesto por Rosso Mio, LTD y Julián Sigler contra la Sentencia núm. 030-2017SSEN-00396, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el doce (12) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). | |
Summary | Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución, Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Hábeas data. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo de cinco días a partir de la notificación (Art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco y hábil (TC/0080/12 y TC/0071/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: aplicación (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: noción de naturaleza abierta e indeterminada (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: traspaso de vehículo de motor. Revisión constitucional de sentencia de amparo: no se puede suprimir informaciones emitidas por autoridades públicas. Revisión constitucional de sentencia de hábeas data: juez de amparo decidió correctamente al rechazar la acción de hábeas data. Revisión constitucional de sentencia de hábeas data: derecho a la intimidad y al honor personal: noción (Art. 44 Constitución). Revisión constitucional de sentencia de hábeas data: el traspaso de vehículo de motor: no afecta al accionante en su intimidad, su buen nombre, su honor y su propia imagen. el traspaso de vehículo de motor: no es ilegal. Revisión constitucional de sentencia de hábeas data: Toda persona tiene derecho a que los datos que se conservan en un banco de datos y que le conciernan sean rectificados, modificados y suprimidos cuando proceda. Revisión constitucional de sentencia de hábeas data: Supresión de información: supresión de información: resulta improcedente, porque no se ha demostrado la falsedad de los documentos en que consta. Juez de amparo: hizo una correcta aplicación de la norma. Jurisdicción ordinaria: es competente de conocer la falsedad de las certificaciones en que consta la información que se pretende suprimir (TC/0517/15). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrado Castellanos Khoury. | |
Source (URL) | https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc027618 | |
Format | Imagen | |
Reference | Expediente núm. TC-05-2018-0073 | |
Subject(s) | Sentencia | |
Subject(s) | Amparo | |
Subject(s) | Revisión Constitucional | |
Judgement | TC/0276/18 | |
Court | Tribunal Constitucional |
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Sentencias Tribunal Constitucional [6685]
Sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.