Título
TC/0541/19
Date | 12/05/2019 | |
Description | Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento interpuesto por el doctor José de Jesús Landesta Ventura y la Junta de Vecinos José María Brito contra la Sentencia núm. 00006-2013, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez el diez (10) de enero de dos mil trece (2013). | |
Summary | Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo. Plazo: franco y hábil (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/ 0071/13; TC/0061/13; TC/0132/13; TC/0137/14; TC/0199/14; TC/0097/15; TC/0468/15; TC/0565/15; TC/0233/17; TC/0122/15; TC/0224/16 y TC/0109/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisitos de admisibilidad. Revisión constitucional de sentencia de amparo: hacer constar, de manera clara y precisa, los agravios que le ha causado la sentencia impugnada (art. 96 LOTCPC; TC/0195/15, TC/0670/16). Revisión constitucional de sentencias de amparo: Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Juez de amparo: incurrió en un error procesal al declarar inadmisible la acción de amparo de cumplimiento. El amparo ordinario (art. 65 LOTCPC). El amparo de cumplimiento (art. 104 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: Carácter especial. Amparo de cumplimiento: Para la interposición de ambas acciones requisitos de admisibilidad diferentes, por cuanto se persiguen objetos distintos. (art. 107 LOTCPC; TC/0205/14). Revisión constitucional de sentencias de amparo: revoca. Acción de amparo de cumplimiento: improcedente (art. 104 LOTCPC). Tribunal Constitucional: procederá a acoger el medio de inadmisión promovido por la recurrida, concerniente a la falta de legitimidad del recurrente (art. 105 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: legitimación (art. 105 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: indicación del recurrido (art. 106 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: Requisitos y plazo (art. 107 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: no procede en la clausura de un establecimiento (art. 167.4 ley 64-00). Amparo de cumplimiento: precede y ordena. Voto particular: magistrado Díaz Filpo. | |
Source (URL) | https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc054119 | |
Format | Imagen | |
Reference | Expediente núm. TC-05-2013-0043 | |
Subject(s) | Sentencia | |
Subject(s) | Amparo | |
Subject(s) | Revisión Constitucional | |
Judgement | TC/0541/19 | |
Court | Tribunal Constitucional |
Files in this item
This item appears in the following Collection(s)
-
Sentencias Tribunal Constitucional [6685]
Sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.