Título
TC/0512/19
Date | 11/21/2019 | |
Description | Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por los señores Estanislao de los Santos y Eleno de Jesús Fernández contra la Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00281, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el trece (13) de agosto de dos mil dieciocho (2018). | |
Summary | Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de ampro: Otra vía: el ejercicio de la mencionada facultad de inadmisión se encuentra condicionada a la identificación de la vía judicial que el tribunal considere idónea (art. 70.1 LOTCPC) (TC/0021/12; TC/0030/12; TC/0049/12; TC/0083/12; TC/0156/13; TC/0084/12; TC/0098/12; TC/0097/13; TC/0160/13; TC/0217/13; TC/0244/13; TC/0269/13; TC/0017/14; TC/0029/14; TC/0034/14; TC/0099/14; TC/0130/14; TC/0374/14; TC/0376/14; TC/0115/15). Derechos parcelarios: idoneidad del juez de amparo para conocer de aquellas acciones de tutela que estén encaminadas en la restitución de derechos parcelarios (TC/0160/18). Acción de amparo: avocación (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14; TC/0127/14). Juez de amparo: es la vía idónea para conocer de las acciones que están encaminadas a la restitución de los derechos parcelarios que haya sido reducidos, modificados o revocados por el (IAD), inobservando el proceso que para ello ha sido prescrito en la Ley (Ley 5879 RA; 55-97); (TC/0160/18). Derechos parcelarios: si bien es cierto que el (IAD) tiene la facultad de revocar los derechos parcelarios que concedió a un particular sobre una parcela determinada, no menos cierto es que el ejercicio de la referida potestad administrativa está supeditada a la concurrencia de uno de los supuestos dispuesto en el artículo 43 de la Ley núm. 5879. Derechos parcelarios: Aun en la eventualidad de que el Instituto Agrario Dominicano (IAD) tuviere motivo para reducir la extensión superficial de una parcela legalmente asignada o para excluir de un proyecto agrario a un parcelero, este organismo tiene que ceñir su actuación al rigor del debido proceso de ley (TC/0036/12). Política social del Estado: promoción de la reforma agraria y la integración de la población campesina en el desarrollo nacional (art. 51.3 Constitución). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Astreinte (TC/0438/17). Voto particular: magistrada Jiménez Martínez y Díaz Filpo. | |
Source (URL) | https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc051219 | |
Format | Imagen | |
Reference | Expediente núm. TC-05-2019-0168 | |
Subject(s) | Sentencia | |
Subject(s) | Amparo | |
Subject(s) | Revisión Constitucional | |
Judgement | TC/0512/19 | |
Court | Tribunal Constitucional |
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Sentencias Tribunal Constitucional [6685]
Sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.