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Título

TC/0426/19

Date10/10/2019
DescriptionRelativo a la demanda en suspensión de ejecución interpuesta por Stylus Joyería y Relojería, S. A., y el señor Mencon Joa NG contra la ejecución de los mandamientos de pago contenidos en los Actos núms. 93/2015 y 94/2015, ambos del nueve (9) de abril de dos mil quince (2015), instrumentados por el ministerial Joaquín Daniel Espinal Geraldino, alguacil ordinario de la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional y el Acto núm. 406/18, instrumentado por el ministerial Faustino Arturo Romero Tavárez, alguacil ordinario de la Segunda Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional el veintitrés (23) de abril de dos mil dieciocho (2018).
SummaryDemanda en suspensión. Demanda en suspensión: decisión jurisdiccional. Demanda en suspensión: Competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; art. 54.8 LOTCPC). Demanda en suspensión: facultad del Tribunal Constitucional a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en suspensión: sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en suspensión: Requisitos de admisibilidad: La solicitud de suspensión de ejecución de sentencia, tiene que apoyarse en la interposición de un recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional (TC/0549/17). Demanda en suspensión: inexistencia de recurso. Demanda en suspensión: inadmisible.
Source (URL)https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc042619
FormatImagen
ReferenceExpediente núm. TC-07-2018-0037
Subject(s)Sentencia
Subject(s)Amparo
Subject(s)Revisión Constitucional
JudgementTC/0426/19
CourtTribunal Constitucional


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