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Título

TC/0305/19

Date08/08/2019
DescriptionRelativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el Comité de Retiro de la Policía Nacional; y al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el director de la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00355, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintitrés (23) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
SummaryRevisión constitucional de sentencia de amparo. Competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Fusión de expedientes: facultad discrecional de los tribunales y justificación. Fusión: Principio de celeridad y efectividad (arts. 7.2 y 7.4 LOTCPC). Principio de igualdad: implica que todas las personas son iguales ante la ley y, como tales, deben recibir el mismo trato y protección de las instituciones y órganos públicos (art. 39 Constitución); (TC/0119/14). Principio de no discriminación: junto al principio de igualdad forma parte de un principio general que tiene como fin proteger los derechos fundamentales de todo trato desigual fundado en un acto contrario a la razón o cuando no existe una relación de proporcionalidad entre los medios utilizados y el fin que se persigue (TC/0119/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: la Ley núm. 590-16 no supone desconocimiento de los derechos adquiridos de los oficiales retirados que devengan una pensión, sino que los reconoce. Revisión constitucional de sentencia de amparo: la entrada en vigencia de una nueva ley, en este caso la Ley núm. 590-16, no desconoce los derechos adquiridos al amparo de la ley derogada. En consecuencia, no se vulnera el principio de irretroactividad de la ley (art. 110 Constitución); (TC/0568/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: la nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional no constituye un obstáculo para el cumplimiento de la normativa. Motivación: el juez de amparo basó la decisión en el contenido de las normas adjetivas y administrativas en las que éstos se fundamentaron para exigir la adecuación de sus pensiones vía la acción de amparo de cumplimiento. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.
Source (URL)https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc030519
FormatImagen
Reference1) Expediente núm. TC-05-2018-0097 y 2) Expediente núm. TC-05-2018-0098
Subject(s)Sentencia
Subject(s)Amparo
Subject(s)Revisión Constitucional
JudgementTC/0305/19
CourtTribunal Constitucional


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