Título
TC/0121/20
Date | 05/12/2020 | |
Description | Relativo a la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), Bepensa Dominicana, S.A.; Cervecería Nacional Dominicana, S.A.; Cemex Dominicana, S.A., y Brugal & Compañía, S.A., contra: A) Resolución núm. 02-2007, de fecha 11 de enero de 2007, dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento de la Provincia y Municipio de San Cristóbal; B) Resolución núm. 004/2011, dictada por la Sala Capitular de la Junta Municipal La Guayiga, Provincia Santo Domingo veintinueve (29) de abril de dos mil once (2011); C) Resolución núm. 005, dada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Municipal El Cedro, Provincia El Seibo el dieciséis (16) de agosto de dos mil doce (2012); D) Resolución núm. 03-2012, dada por el Concejo Municipal del Ayuntamiento del Distrito Municipal de las Lagunas de Nisibon, provincia La Altagracia el catorce (14) de noviembre de dos mil doce (2012); E) Resolución núm. 024-2007, dictada por la Junta Municipal de Cumayasa del Municipio de Villa Hermosa, provincia La Romana; F) Ordenanza núm. 01-2012-2013, dictada por el Concejo Municipal del Municipio de Consuelo, Provincia San Pedro de Macorís el veinticinco (25) de abril de dos mil trece (2013), y G) Ordenanza núm. 07-2011, dictada por el Concejo Municipal del Municipio de Bajos de Haina, Provincia San Cristóbal el diecisiete (17) de septiembre de dos mil once (2011). | |
Summary | Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazos: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Tribunal Constitucional: facultad de revisar las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Procede contra sentencias contra las cuales no es posible interponer ningún otro recurso ordinario o extraordinario. Referimiento: medidas provisionales (art. 101 Ley 834). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: sentencias dictadas en materia de referimiento: sentencia que no ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC; TC/0112/13; TC/0344/16; TC/0606/16; TC/0719/16; TC/0210/17 y TC/0781/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. | |
Source (URL) | https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc012120 | |
Format | Imagen | |
Reference | Expediente núm. TC-01-2013-0072 | |
Subject(s) | Sentencia | |
Subject(s) | Amparo | |
Subject(s) | Revisión Constitucional | |
Judgement | TC/0121/20 | |
Court | Tribunal Constitucional |
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Sentencias Tribunal Constitucional [6685]
Sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana.