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Título

TC/0111/20

Date05/12/2020
DescriptionRelativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Olga Hillevi Astrid Nova Muñoz y Juan Bautista Nova Muñoz contra la Sentencia núm. 00390-2016, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecisiete (17) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
SummaryRevisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco y hábil como causal de inadmisibilidad (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Acción de amparo de cumplimiento: puesta en mora o intimación previa (art. 107 LOTCPC). Crédito Publico: En los presupuestos deberán incluirse las partidas correspondientes a1 servicio de la deuda (art. 40 Ley 06-06). Ministerio de Hacienda: atribuciones (art. 4 Ley 86-11; TC/0193/14). Acción de amparo de cumplimiento: no procede cuando el objeto perseguido es la ejecución de una sentencia (TC/0405/14; TC/0468/17; TC/0048/19). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge, ordena y confirma. Voto particular: magistrada Beard Marcos y Jiménez Martínez.
Source (URL)https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc011120
FormatImagen
ReferenceExpediente núm. TC-05-2017-0036
Subject(s)Sentencia
Subject(s)Amparo
Subject(s)Revisión Constitucional
JudgementTC/0111/20
CourtTribunal Constitucional


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